Obligatorio

Guía completa del registro SES.HOSPEDAJES 2024

El SES.HOSPEDAJES lleva activo desde 2023 y muchos propietarios todavía lo desconocen o lo ignoran. No es una recomendación ni una buena práctica: es una obligación legal, y las multas por incumplirla llegan a los 30.000 €. Esta guía explica exactamente qué es, quién tiene que registrarse y cómo funciona el proceso.

Qué es SES.HOSPEDAJES

SES.HOSPEDAJES es la plataforma del Ministerio del Interior para registrar a los viajeros en alojamientos turísticos. El nombre viene de «Sistema de Servicios de Hospedaje» y su base legal es el Real Decreto 933/2021, aprobado el 26 de octubre de 2021.

Antes del decreto, los hoteles rellenaban libros en papel que recogía la Guardia Civil. Ahora el proceso es digital: cada establecimiento envía los datos de sus huéspedes directamente a la base de datos del Ministerio del Interior, dentro de las 24 horas siguientes al check-in. La plataforma está disponible en hospedajes.interior.gob.es.

Fecha de entrada en vigor: El Real Decreto 933/2021 era obligatorio desde enero de 2023 tras dos prórrogas. Desde ese momento, el registro es exigible para todos los alojamientos turísticos en España.

Quién tiene que registrarse

La obligación aplica a cualquier tipo de alojamiento que reciba viajeros:

  • Apartamentos turísticos dados de alta en plataformas como Airbnb o Booking.com
  • Viviendas de uso turístico (VUT), aunque solo las alquiles de forma privada
  • Hoteles, hostales y pensiones
  • Casas rurales y albergues
  • Campings y establecimientos similares
  • Habitaciones en tu vivienda habitual (alquiler de habitaciones)

Si gestionas alojamientos en nombre de otros propietarios, también tienes la obligación de registrar tú. La responsabilidad no recae solo en el titular del inmueble.

Qué datos hay que enviar

Por cada huésped mayor de 14 años debes enviar los siguientes campos:

Campo Detalle
Nombre y apellidos Completos, tal como aparecen en el documento
Tipo de documento DNI, pasaporte, NIE u otro documento oficial
Número de documento Exactamente como aparece en el documento, incluidas letras
Fecha de caducidad Del documento de identidad
Fecha de nacimiento Día, mes y año
Sexo Masculino / Femenino según el documento
País de residencia habitual No necesariamente la nacionalidad
País de expedición del documento
Fechas de entrada y salida Check-in y check-out previstos
Número de teléfono o email Datos de contacto del huésped
Menores de 14 años: Solo se requieren el tipo, número y país de expedición del documento. No se piden datos completos.

El plazo: 24 horas desde el check-in

Tienes 24 horas desde el momento real del check-in para enviar los datos al Ministerio. No es el día siguiente laborable, son 24 horas naturales. Si tu huésped entra a las 22:00 de un viernes, el plazo termina a las 22:00 del sábado.

Ojo con los check-ins tardíos: El plazo cuenta desde que el huésped entra físicamente, no desde la hora prevista en la reserva. Un registro enviado a las 25 horas del check-in ya está fuera de plazo.

Cómo acceder a la plataforma

El acceso a hospedajes.interior.gob.es requiere certificado digital o Cl@ve. Una vez dentro, tienes dos opciones:

  1. Manual: introduces los datos de cada huésped uno por uno desde el panel web. Tarda entre 3 y 10 minutos por reserva y no escala bien si tienes varias propiedades.
  2. API: tu sistema de gestión envía los datos automáticamente en el momento del check-in. No tienes que hacer nada.

El Ministerio publica la documentación de la API en el mismo portal. La integración requiere un token de acceso que se obtiene al registrar el establecimiento.

Qué pasa si no registras

Las sanciones van de la mano de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana. No enviar los datos de tus huéspedes o hacerlo fuera de plazo se clasifica como infracción grave. El rango de multas va de 601 € a 30.000 €, según la intención, la reincidencia y el número de viajeros afectados.

Además de la sanción económica, el inspector puede proponer el cierre temporal del establecimiento mientras se resuelve el expediente.

Una denuncia basta: No hace falta una inspección programada. Una denuncia de un huésped o de un vecino puede abrir un expediente sancionador con el mismo resultado.

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